En Onda en el año 30 de enero de 1855 una comadre Antonia García presenta en la iglesia a bautizar a un niño y según informes tomados al efecto a personas que me merecen todo crédito resulta que es hijo de Vicenta Remolar viuda de Mariano Llopis que murió el día 2 de septiembre de 1853, que el indicado niño nació el día anterior en la calle de la Asejona …. Y que la sobredicha viuda Vicenta Remolar asegura que ha sido procreado por su difunto marido Mariano Llopis. Folio 307v

Auto del obispado- en folio añadido

Recibí la comunicación de fecha 30 del finado enero y enterado de su contenido debo decirle que supuesto de constar en los libros parroquiales que en dos de septiembre de 1853 falleció el marido de la Vicenta Remolar, la cual figura como madres del niño que se le presento a Ud para el bautismo, de ningún modo puede excederse a la demandada de hacer constar en la partida de bautismo que el indicado niño en la suposición de que era recién nacido cuando se le presento para bautizar, fue procreado por el difunto marido de la Vicenta Remolar por ser contra todo orden natural que un preñado dure 17 meses.

Antes de extender la partida de bautismo en el lugar correspondiente sírvase Ud llamar a la Remolar y exigirle explicaciones sobre el caso y si necesario fuere bajo la fe del juramento que diga cuando nació el consabido niño, quien intervino en el parto y que personas pueden declarar sobre su preñez, con todo lo demás que Ud juzgue conveniente y en vista de las declaraciones podrá Ud extender la partida diciendo con estas o semejantes palabras, que en el día tal fulana le presento un niño para que lo bautizase y que dijo ser hijo de Vicenta Remolar, viuda de Mariano Llopis que falleció en tal fecha y que dice ser procreado por este.

Puesta la partida de este modo que es lo sumo a que Ud puede acceder si así lo declaran me parece no incurre Ud en ningún compromiso, ni a la interesada podrá aprovechar la partida para sus torcidos fines. Es cuanto puedo decir a Ud en contestación a su citada comunicación.

9 de febrero de 1855

Firma Angelo Sancho (vicario capitular y gobernador eclesiástico de Tortosa)

Auto del obispado de Tortosa- en folio añadido después del 307v