Según el Reglamento de Régimen Interno-artículo IV
3.- Ningún socio podra realizar actividades que lastimen los intereses de la Asociación tanto por acción como por omisión.
Está especialmente prohibido:
1.-Publicar por cualquier medio los datos de otros asociados vertidos en el foro de los socios.
2.-Extraer información de índices parroquias (solo socios), para terceras personas ajenas a la Asociación, con ó sin ánimo de lucro.
3.-Ceder las claves de acceso personales a otras personas.
4.-No obstante lo anterior, la Junta Directiva podrá, en determinados casos, facilitar información puntual a entidades ó personas ajenas a la Asociación, siempre velando por el bien de los asociados.
Las infracciones a estas normas del Reglamento de Regimen Interior pueden ser sancionadas con la separación definitiva de la asociación |